Personal técnico de la Jushr, realizó una inspección ocular en la Urbanización San Antonio de Huampani I, Distrito de Lurigancho, en la cual se constató la excavación en el camino de vigilancia y canalización. Dichos trabajos no cuentan con la aprobación de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Rímac ni de la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Ñaña. Estas obras no cumplen con la resolución Administrativa N°028-98-AG-UAD.LC/ATDR.CHRL, que exige un ancho de 2.00 m para el camino de vigilancia del canal L01 Girasoles II. Además, la excavación y canalización afectan el camino de vigilancia y los árboles cercanos. Se ha infringido la Ley de Recursos Hídricos (Ley 29338) y su reglamento al ocupar el área intangible y dañar los cauces de agua y bienes asociados. La Ley prohíbe el uso de las fajas marginales para construcción de viviendas u otras actividades que las afecten.